Los cambios de la ITV
A partir de mayo entrará en vigor la nueva ITV. Con ella, llegarán múltiples cambios que afectarán a todos los vehículos.
Con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto, la ITV no volverá a ser la uqe conocemos. Hará que las estaciones se equipen con nuevas herramientas de diagnóstico y que los propietarios estén prevenidos.
Os contamos cuáles serán los cambios en la ITV, para uqe estéis preparados:
Diagnóstico electrónico
Cuando entre en vigor el Real Decreto, el próximo 20 de mayo, también cambiará la forma de hacer el diagnóstico. Así, todas las estaciones de ITV estarán obligadas a disponer de las herramientas necesarias para el diagnóstico electrónico. Con ellas, estarán conectadas las distintas centralitas de los vehículos que dispongan de puerto eOBD.
Esta medida se ha puesto en marcha a raíz de la creciente complejidad de los sistemas electrónicos de los vehíclos. Así, algunas averías relacionadas con la seguridad actualmente no pueden diagnosticarse sin el uso de estas herramientas.
Igualmente, se quiere facilitar la comprobación de emisiones contaminantes. Así, desde la centralita del vehículo y en la misma ITV se comprobará si se ha cometido algún fraude.
Todos estos cambios en el sistema de inspección se reflejarán en la nueva edición -la 8.0- del Manual de procedimiento de inspección de estaciones ITV, que el Ministerio de Industria deberá publicar antes del 20 de mayo.
Tras suspender la ITV no habrá por qué pasarla de nuevo en la misma estación
Hasta ahora, si un vehículo no superaba la Inspección tenía que solucionar los problemas y volver a la misma estación. Es allí donde comprueban si ha aprobado o continúa siendo desfavorable.
Pero a partir del 20 de mayo de 2018, si tu vehículo suspende la ITV tendrá, como ahora, un plazo de 2 meses para solucionarlo, y luego podrás elegir en qué estación volver a pasarla. Podrás, incluso, acudir a una estación de ITV de otra comunidad autónoma.
Cabe recordar que circular sin haber pasado la ITV supone una multa de 200 euros. Hacerlo con la ITV suspensa (a menos que sea para dirigirse de nuevo a la estación), la sanción ascenderá a 500 euros, además de la inmovilización del coche.
Ni un día menos de vigencia
Con la nueva normativa, no perderemos vigencia de la ITV ni siquiera un día. Y es que, siempre y cuando se pase la Inspección dentro del plazo de un mes, no pasará nada por adelantarla. Al año siguiente, la fecha para superarla será la misma.
Hasta el próximo 20 de mayo, si adelantas la fecha de inspección, el plazo para superar la siguiente contará a partir de ese mismo día, por lo que deberás acudir a la siguiente inspección antes de esa fecha.
Podrás pasar la ITV en la Unión Europea
Hasta ahora había un problema con las ITV pasadas en otros países de la Unión Europea. Y es que aquí no valían, por lo que si comprabas un vehículo en el exterior deberás volver a pasarla aquí.
Ahora, con la nuevo Real Decreto, ‘en caso de que un vehículo originario de otro Estado miembro [de la UE] se matriculase en España […] y únicamente en relación con las inspecciones técnicas periódicas, se reconocerá el certificado de inspección expedido por otro Estado miembro’.
Así pues, si alguien quiere matricular en España un vehículo de la UE, ya no tendrá que pasar la ITV. En cambio, se reconocerá la del país de origen.
Vehículo histórico de 30 años
También llegan cambios para los vehículos históricos. Así, si antes se consideraba histórico a partir de los 25 años, ahora lo harán a los 30 años de antigüedad.
Esta nueva disposición no afectará a los vehículos que hayan sido catalogados como históricos con anterioridad a ese 20 de mayo.
Si esta información te ha resultaado útil, te sugerimos que sigas navegando por los siguientes enlaces:
No hay comentarios:
Publicar un comentario